Checklist completo de documentos, afiliaciones y obligaciones legales — más una calculadora del costo real de contratación con valores 2026.
Ver Checklist CompletoMarque cada ítem a medida que lo completa. Todo lo que el empleador debe gestionar antes del primer día de trabajo.
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SMLMV 2026: $1.750.905 · Auxilio transporte: $249.095
El tipo de aportante determina si aplican SENA e ICBF.
Paga EPS (8.5%), SENA (2%) e ICBF (3%) — Art. 114-1 ET Exonerado de EPS, SENA e ICBF — Art. 114-1 ET Exonerado de EPS, SENA e ICBF — Art. 114-1 ET
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| Concepto | Valor mensual |
|---|---|
| EPS (salud empleador) No aplica | |
| Pensión (empleador) | |
| ARL | |
| Caja de Compensación | |
| SENA No aplica | |
| ICBF No aplica | |
| Prima de servicios | |
| Cesantías | |
| Intereses sobre cesantías | |
| Vacaciones | |
| Auxilio de transporte (≤ 2 SMLMV) | |
| Salario pactado | |
| Costo total para el empleador |
* SMLMV 2026: $1.750.905. EPS patronal (8.5%), SENA (2%) e ICBF (3%) solo aplican a persona natural con un único empleado (Art. 114-1 ET, Ley 1819/2016). Prima, cesantías e intereses se calculan sobre salario + auxilio de transporte cuando aplica. Para salarios ≥ $17.509.050 (10 SMLMV) aplican reglas de salario integral.
En SIA LTDA manejamos el proceso completo: afiliaciones, PILA, prestaciones y cumplimiento normativo. Usted se enfoca en su negocio.
Más que el salario. Sobre el salario base ($1.750.905 en 2026) el empleador suma el auxilio de transporte ($249.095 si el trabajador gana hasta 2 SMLMV), las prestaciones sociales (prima, cesantías, intereses de cesantías y vacaciones, cerca del 21,83% del salario) y los aportes a su cargo (pensión 12%, ARL según el nivel de riesgo y, cuando no aplica la exoneración del Art. 114-1, salud 8,5%, SENA 2% e ICBF 3%). En total, el costo real suele quedar entre un 45% y un 53% por encima del salario. Use la calculadora de esta página para el valor exacto de su caso.
Antes del primer día de labores debe afiliarlo a EPS (salud), fondo de pensiones (AFP), ARL (riesgos laborales) y Caja de Compensación Familiar. La afiliación es obligatoria desde el inicio del contrato, incluso durante el período de prueba. La ARL debe quedar activa antes de que el trabajador empiece: si se accidenta sin afiliación vigente, el costo lo asume el empleador.
Depende de quién es el empleador. Por el Art. 114-1 del Estatuto Tributario (Ley 1819 de 2016), las personas jurídicas (SAS, LTDA, S.A.) y las personas naturales con dos o más trabajadores están exoneradas del aporte patronal a salud (8,5%), SENA (2%) e ICBF (3%) por los empleados que ganan menos de 10 SMLMV. La única excepción es la persona natural con un solo trabajador, que sí paga esos tres aportes.
Cuatro: prima de servicios (un salario mensual al año, pagado mitad a más tardar el 30 de junio y mitad en los primeros 20 días de diciembre), cesantías (un salario mensual al año, consignado al fondo antes del 14 de febrero), intereses sobre las cesantías (12% anual, pagados al trabajador antes del 31 de enero) y vacaciones (15 días hábiles por año trabajado). Si el trabajador gana hasta 2 SMLMV, también tiene derecho a dotación tres veces al año.
En 2026 el auxilio de transporte es de $249.095 al mes y se paga a los trabajadores que ganan hasta 2 SMLMV ($3.501.810). Se suma al salario para liquidar prima y cesantías, pero no hace parte de la base para los aportes a seguridad social.
La cobertura de riesgos laborales inicia el día calendario siguiente al de la afiliación, por eso la afiliación debe hacerse antes de que el trabajador empiece a laborar. Un accidente el primer día sin afiliación activa deja al empleador respondiendo con su propio patrimonio, así que afiliar a tiempo es clave.
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