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Fondo de pensiones · Colombia 2026

Afiliar tu Empresa y Empleados a Porvenir

Cómo vincular tu empresa como aportante y afiliar a tus trabajadores al fondo de pensiones Porvenir (Régimen de Ahorro Individual), con la cotización, la PILA y las reglas de traslado vigentes en 2026.

Régimen de Ahorro Individual (RAIS) Libre elección del trabajador Cotización 16% del IBC
Guía sobre la afiliación a Porvenir
Antes de empezar

La empresa no “se afilia”: registra a sus empleados y actúa como aportante

En pensiones, el trabajador elige libremente su régimen y su fondo, y lo manifiesta por escrito al vincularse. El empleador afilia al trabajador al fondo que este eligió, se registra como aportante y paga los aportes. La afiliación es obligatoria desde el primer día de la relación laboral, incluso en período de prueba.

Porvenir pertenece al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS). Si tu trabajador prefiere el Régimen de Prima Media, la entidad es Colpensiones. Si no elige, la ley lo asigna por defecto a Colpensiones.

Fuente: Ley 100 de 1993 · Selección libre y voluntaria del afiliado.

Estado de la reforma pensional (Ley 2381 de 2024) — actualizado a julio de 2026

La reforma pensional está suspendida por la Corte Constitucional (Auto 841 de 2025) por un vicio de trámite y no ha entrado en vigencia. La Cámara volvió a debatirla y aprobarla, pero debe pasar de nuevo por la Corte, así que aún no tiene validez definitiva. Mientras tanto rige la Ley 100 de 1993 — que es lo que describe esta guía.

Solo siguen produciendo efectos dos partes de la reforma: la elección de ACCAI (Art. 12) y una ventana especial de traslado de régimen (Art. 76) que cierra el 16 de julio de 2026, para quienes acreditan 750 semanas (mujeres) o 900 (hombres) y están a 10 años o menos de la edad de pensión. El Decreto 0415 de 2026 (traslado a Colpensiones) fue suspendido por el Consejo de Estado.

Proceso

Cómo afiliar a tu empleado a Porvenir — paso a paso

01

Confirma la elección del trabajador

El trabajador elige su régimen y fondo de forma libre y voluntaria, y lo deja por escrito al vincularse. Si elige el Régimen de Ahorro Individual (RAIS), puede afiliarse a Porvenir. Si no elige, la ley lo asigna a Colpensiones (Prima Media).

02

Vincula tu empresa como aportante

Puedes hacerlo a través de un operador de información (Aportes en Línea) al liquidar la PILA, o con un asesor comercial de Porvenir que visita tu empresa. Se diligencia el Formato de Solicitud de Vinculación del Empleador (NIT, representante legal, contacto de RRHH y correo).

03

Afilia al trabajador a Porvenir

Por la afiliación electrónica o la Zona Transaccional para Empresas de Porvenir, o con el asesor comercial. Necesitas el documento del trabajador y su elección por escrito.

04

Paga los aportes por la PILA

La cotización a pensión es el 16% del IBC: 12% lo asume el empleador y 4% el trabajador. Se paga mes vencido, según los dos últimos dígitos del NIT. Aportes en Línea es el operador autorizado.

05

Reporta las novedades

Ingresos, retiros y ajustes de salario se reportan por la Zona Transaccional para Empresas o por el operador de PILA, en los plazos de ley.

Línea de Servicio al Empleador de Porvenir: Bogotá 601 742 5454 · resto del país 01 8000 518440. Pagos de PILA por Aportes en Línea.

Los dos regímenes

Prima Media (Colpensiones) vs. Ahorro Individual (Porvenir y privados)

El trabajador elige entre uno de los dos. Porvenir pertenece al de Ahorro Individual.

Prima Media (RPM) — Colpensiones

Público, administrado por el Estado

La pensión se define por las semanas cotizadas y el salario base; requiere una edad y un número mínimo de semanas. Los aportes van a un fondo común.

Ahorro Individual (RAIS) — Porvenir y privados

Cuenta individual · Porvenir, Protección, Colfondos, Skandia

Cada trabajador tiene una cuenta individual; su ahorro más los rendimientos financian la pensión. Incluye Garantía de Pensión Mínima para quienes cumplen requisitos.

Cotización 2026

¿Cuánto se aporta a pensión en 2026?

La cotización a pensión es el 16% del IBC, repartido entre empleador y trabajador. Ejemplo sobre el salario mínimo 2026 ($1.750.905):

Concepto Porcentaje Valor mensual 2026
Aporte del empleador12%$210.109
Aporte del trabajador4%$70.036
Total a pensión16%$280.145

Si el IBC es igual o superior a 4 SMLMV, el trabajador aporta además al Fondo de Solidaridad Pensional (desde 1%, escalonado). Base mínima SMLMV 2026 (Decretos 1469 y 1470/2025). Informativo — no sustituye asesoría profesional.

Reglas de traslado de pensión

Cambiar de fondo o de régimen: no es como la EPS

Las pensiones tienen reglas de traslado propias, más estrictas que las de salud. Antes de mover a un trabajador, ten en cuenta:

Fuente: Ley 797 de 2003 (modifica la Ley 100 de 1993).

Una vez cada 5 años

El traslado de fondo o de régimen solo se puede hacer una vez cada cinco años, contados desde la selección inicial.

Nunca a 10 años o menos de pensionarse

No es posible cambiar de régimen si al afiliado le faltan 10 años o menos para cumplir la edad de pensión (57 años mujeres, 62 hombres).

Permanencia mínima de 5 años por régimen

Para pasar del Ahorro Individual (RAIS) a Prima Media (RPM) o viceversa, se exige haber permanecido al menos 5 años en el régimen de origen.

El capital se traslada

Al pasar de un fondo privado (RAIS) a Colpensiones (RPM), el capital ahorrado en la cuenta individual se traslada al fondo común.

¿Un trabajador quiere trasladarse y no sabes si puede? Escríbenos y revisamos su caso sin costo.

Afiliamos a tus empleados a Porvenir por ti

Nos encargamos del registro como aportante, la afiliación, la PILA y las novedades — sin errores y a tiempo. Usted solo aprueba y paga.

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Preguntas frecuentes

Confirma que el trabajador eligió el Régimen de Ahorro Individual (RAIS) y a Porvenir como fondo; vincula tu empresa como aportante ante un operador de información (Aportes en Línea) o con un asesor comercial de Porvenir; afilia al trabajador por la afiliación electrónica o la Zona Transaccional para Empresas de Porvenir; y paga los aportes por la PILA. La afiliación es obligatoria desde el primer día de la relación laboral.

La cotización a pensión es el 16% del IBC: 12% lo asume el empleador y 4% el trabajador. Sobre el salario mínimo 2026 ($1.750.905), son $210.109 del empleador y $70.036 del trabajador, para un total de $280.145 al mes. Si el IBC es igual o superior a 4 SMLMV, el trabajador aporta además al Fondo de Solidaridad Pensional (desde 1%).

Sí. La selección de régimen y fondo es libre y voluntaria del trabajador, quien la manifiesta por escrito al momento de la vinculación. Puede elegir el Régimen de Prima Media (Colpensiones) o el de Ahorro Individual con un fondo privado como Porvenir, Protección, Colfondos o Skandia. Si no elige, la ley lo asigna por defecto a Colpensiones.

Solo una vez cada 5 años, contados desde la selección inicial. Además, no es posible trasladarse de régimen si faltan 10 años o menos para la edad de pensión (57 mujeres, 62 hombres), y se exige una permanencia mínima de 5 años en cada régimen para pasar de ahorro individual a prima media o viceversa (Ley 797 de 2003). Son reglas distintas a las de la EPS.

Sí. La afiliación al Sistema General de Pensiones es obligatoria desde el inicio de la relación laboral, incluso durante el período de prueba. El empleador debe afiliar al trabajador y pagar los aportes desde el primer día.

No por ahora. La reforma pensional está suspendida por la Corte Constitucional (Auto 841 de 2025) por un vicio de trámite y no ha entrado en vigencia; mientras tanto rige la Ley 100 de 1993, que es la que describe esta guía. Solo siguen produciendo efectos la elección de ACCAI (Art. 12) y una ventana especial de traslado de régimen (Art. 76) que cierra el 16 de julio de 2026 para quienes acreditan 750 semanas (mujeres) o 900 (hombres) y están a 10 años o menos de la edad de pensión.

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